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Criterios de Interpretación

¿Qué es un criterio y quién lo emite?

Es el análisis que sobre un tema determinado ha realizado el Pleno del ITAIH, en materia de derecho de acceso a la información o de protección de datos personales, el cual deben aplicar los sujetos obligados del estado de Hidalgo, mientras que para los organismos garantes de otras entidades federativas sólo resulta orientador.

¿Cómo se realiza un criterio?

Cuando se identifica un tema que amerite la formulación de un criterio, se revisan las resoluciones emitidas por este Instituto para elaborar un proyecto que apruebe el Pleno. Una vez aprobado, el criterio se debe comunicar tanto a los sujetos obligados del ámbito local como a los organismos garantes de las entidades federativas.

¿Cuándo se interrumpe un criterio?

Cuando el Pleno emite una resolución distinta a lo que establecía el criterio. Los criterios interrumpidos ya no deben utilizarse, pues el razonamiento cambió.

Consulta y descarga

Criterios de interpretación generados en el Pleno del ITAIH
  • Criterio 04-2017. Plazos de desahogo PDF
  • Criterio 05-2017. Términos y plazos PDF
  • Criterio 06-2017. Acumulación de expedientes PDF
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